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  • Foto del escritorAlejandro León

Captación masiva y habitual de recursos del público: ¿Por qué evitarla en la búsqueda de inversión?

En ocasiones, el desarrollo de una idea de negocio exitosa requiere la vinculación de inversionistas adicionales, debido a que el capital u opciones de financiamiento de los emprendedores resultan no ser suficientes o sostenibles para ejecutar adecuadamente la idea de negocio planeada. Esto implica prevenir incurrir en actos delictivos, como la captación masiva y habitual de recursos del público sin autorización.

En la actualidad, varios emprendedores han adoptado esquemas para la vinculación de inversionistas como contratos de cuentas en participación, emisión de tokens, constitución de negocios fiduciarios, cesión de derechos económicos o emisión de acciones entre otros. Independientemente del esquema que se implemente para la vinculación de inversionistas, es importante que durante la operación de dicho esquema no se incurra en el fenómeno de captación masiva y habitual de recursos del público.


Dar y recibir Captación masiva y habitual de recursos del público
Fuente: Pexels

El delito de la captación masiva y habitual de recursos del público

Según el Concepto 200202222-1 del 10 de mayo de 2002 de la Superintendencia Financiera de Colombia, la actividad de captar dinero del público y prestarlo, solo puede ser llevado a cabo por una institución financiera debidamente autorizada por la Superintendencia Bancaria.

Este hecho se configura en las siguientes hipótesis:

  1. Cuando el modelo de emprendimiento directa o indirectamente ha recibido dinero de más de veinte (20) personas o ha pactado más de cincuenta (50) obligaciones, en virtud de las cuales ha recibido dinero a título de mutuo o cualquier otro título, sin que se prevea como contraprestación el suministro de un bien o servicio.

  2. Cuando conjunta o separadamente el emprendimiento ha celebrado, en un período de tres (3) meses consecutivos, más de veinte (20) contratos de mandato con el propósito de administrar dinero de sus mandantes en las modalidades de:

    1. Libre administración.

    2. Para invertirlos en títulos o valores a juicio del mandatario.

    3. Venta de títulos de crédito o de inversión con la obligación para el comprador de transferirle la propiedad de títulos de la misma especie, a la vista o en un plazo convenido y contra reembolso de un precio.

De acuerdo con el Artículo 316 del Código Penal, la persona que realice alguna de esas acciones incurrirá en prisión de ciento veinte (120) a doscientos cuarenta (240) meses y multa hasta de cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. 


Maquina contadora de dinero
Fuente: Pexels

Las condiciones de la conducta de captación masiva y habitual de recursos del público

Adicionalmente, para la configuración de la conducta de captación masiva y habitual de recursos del público es necesario que en la cualquiera de las hipótesis descritas se cumpla alguna de las siguientes condiciones:

  • Que el monto total de los dineros recibidos o el conjunto de operaciones sea mayor al cincuenta por ciento (50%)  del patrimonio líquido del emprendimiento.

  • Que las operaciones respectivas hayan sido el resultado de haber realizado ofertas públicas o privadas a personas innominadas, o de haber utilizado cualquier otro sistema con efectos idénticos o similares.


Persona entregando su tarjeta incurriendo en captación masiva y habitual de recursos del público
Fuente: Pexels

¿Por qué no incurrir en la captación masiva y habitual de recursos del público?

Teniendo en cuenta la amplitud de los eventos o circunstancias que podrían configurar captación masiva y habitual de recursos del público, varias personas y emprendimientos han incurrido sin saberlo en dicha conducta. Ante esta situación, la Superintendencia Financiera de Colombia mediante la expedición de una Resolución ha instruido a las partes involucradas y a las autoridades competentes para que se tomen entre otras las siguientes medidas:

  • La suspensión inmediata de las actividades que constituyen captación o recaudo no autorizado de dineros del público, así como la pronta devolución al público de los dineros captados.

  • La congelación inmediata de las cuentas bancarias, inversiones, derechos fiduciarios, pensiones voluntarias y participaciones en carteras colectivas y fondos de inversión colectiva, de los cuales sean titulares o beneficiarios las personas que incurrieron en captación masiva y habitual.

  • Investigación por parte de la Fiscalía General de la Nación sobre la posible comisión del delito de captación masiva y habitual de dineros prevista en el artículo 316 del Código Penal Colombiano.

  • Solicitud a la Superintendencia de Notariado y Registro con el fin de instruir a todos los registradores de instrumentos públicos para que se abstengan de registrar cualquier acto o contrato que afecte el dominio de bienes inmuebles de propiedad de las personas que incurrieron en captación.

  • Solicitud de apoyo del Ministerio de Transporte para instruir a todas las Secretarías de Tránsito y Transporte del país para que se abstengan de registrar cualquier acto o contrato que afecte el dominio de vehículos automotores de propiedad de las personas involucradas en captación.

  • Allegar copia de la Resolución a la a Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales “DIAN”, Superintendencia de Sociedades y Superintendencia de Industria y Comercio, para que en el marco de sus competencias adelanten las actuaciones administrativas correspondientes.

  • La inscripción de la Resolución referente a captación masiva y habitual en la Cámara de Comercio, para su respectiva ejecución.


Persona haciendo cuenta de dinero resultado de captación masiva y habitual de recursos del público
Fuente: Pexels

¿Cómo te puede ayudar Faroo Legal?

Conscientes de las complejidades relacionadas con el apalancamiento de nuevos negocios mediante la vinculación de inversionistas, en Faroo Legal estamos comprometidos con el desarrollo de modelos de negocio alineados con el cumplimiento de la normatividad aplicable. Por lo anterior, si tienes dudas sobre la posible configuración de captación masiva y habitual, o estás interesado en mitigar los riesgos legales inherentes a la operación de tu modelo de negocio. Te invitamos a agendar una reunión con nosotros.

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